La Federación de Trabajadores de Seguridad Privada de USOCV
COMUNICA
Que en la actualidad Segurisa presta los servicios de seguridad privada para el cliente Renfe Operadora en diferentes estaciones y unidades o grupos móviles en la provincia de Valencia.
Que nuestra representación sindical, ha comunicado en varias ocasiones tanto a la empresa como al cliente, comentarios, solicitudes y propuestas de mejoras para el servicio y ante esta situación de alerta sanitaria, petición expresa de que se adopten las medidas de seguridad exigibles en cuanto al posible contagio del COVID-19. gestionada mediante la declaración del estado de alarma mediante Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, desde la cual una parte importante de la población se encuentra en estado de confinamiento, a la Dirección de Segurisa.
Sin embargo, los servicios esenciales como los que prestan estos vigilantes en RENFE OPERADORA, se mantienen, incluso en la prórroga del antedicho estado de alarma, tal y como recoge el Real Decreto de 29 de marzo de 2020.
Que la actividad de los vigilantes de seguridad supone el contacto directo con los pasajeros de las estaciones y coches, en un número indeterminado pero importante, que en muchas ocasiones requieren de la reducción física de los mismos, sin los EPIS necesarios. Cabe destacar que el vigilante de seguridad es una figura no solo de protección y vigilancia, sino que además realiza una importante función de atención e información a usuarios, por lo que el contacto es habitual, en determinados casos, no existe la distancia de seguridad, ya que muchos usuarios aun no son conscientes de esas medidas de “obligado cumplimiento”.
Que, ante la falta de material preventivo adecuado, los representantes de la FTSP-USOCV insisten a la mercantil en que se dote de las medidas preventivas, por el peligro grave al que se ve expuesto el total de la plantilla. La mercantil contesta que no es obligatorio por no ser personal de riesgo.
Recordar que Artículo 24 de la Ley de Prevención de riesgos Laborales, Coordinación de actividades empresariales, en sus puntos 1, 2 y 3 lo regula.
Que el Protocolo de Actuación para los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales frente a la Exposición al Nuevo Coronavirus señala:
En función de la naturaleza de las actividades y los mecanismos de transmisión del nuevo coronavirus podemos establecer los diferentes escenarios de riesgo en los que se pueden encontrar los trabajadores que prestan servicio para RENFE OPERADORA.
Exposición de riesgo: aquellas situaciones laborales en las que se puede producir un contacto estrecho con un caso confirmado de infección sintomático.
Que las intervenciones, que requieren contacto directo con usuarios, con respecto a los cuales los vigilantes desconocen si se encuentran contagiados por el virus, ya que son miles las personas afectadas según fuentes oficiales, y entre las funciones que forman parte esencial del trabajo de los vigilantes de seguridad, entre ellas están:
- Control de entradas y salidas de usuarios, personal propio y externo, o acompañamiento a que se realice la recaudación de máquinas expendedoras de billetes de una estación a otra
- El control o identificación de usuarios cuando los protocolos de seguridad así lo establezcan.
- Recogida y custodia, de objetos o enseres, si son olvidados o encontrados y nos requieren al efecto.
- La posible expulsión, de personas por incumplimiento de las normas propias del cliente
- Intervención en posibles actos vandálicos, de atraco intrusión, peleas o simplemente no haber abonado el billete del viaje.
- La comprobación del estado y funcionamiento de las instalaciones de seguridad para la prevención de posibles delitos.
- Vigilancia y control, desde los medios técnicos de que disponga el sistema de seguridad.
- La vigilancia y protección de usuarios detenidos, es decir su “custodia”, entendida como tal a la espera de la llegada de las FFCCSSEE así como de las policías locales.
- Prestar el apoyo necesario en orden a evitar, conductas o situaciones, que puedan alterar el normal funcionamiento del centro.
Todas estas intervenciones, que obviamente no pueden realizarse a más de un metro de los usuarios y que la exposición sin equipos de protección adecuados supone un riesgo inminente y grave para la salud de los trabajadores, sus familias e incluso para los usuarios y familiares, así como para la totalidad del equipo que trabaja en RENFE OPERADORA como para las contratas que allí se encuentran, ante la alta contagiosidad del virus.
Es por ello, que en virtud de todo lo anteriormente expuesto, a través de la presente solicitud se pretende que se requiera a la EMPRESA SEGURISA Y A RENFE OPERADORA como responsable en la coordinación de la prevención de los riesgos en los puestos de trabajo de aquellas empresas subcontratadas, a fin de que provea a los Vigilantes De Seguridad de este centro estratégico del transporte de personas y mercancías y también considerado como servicio esencial para toda la ciudadanía que se tomen las siguientes medidas preventivas y organizativas a fin de evitar al máximo el riesgo de contagio de la Pandemia que afecta a todos los lugares de este país.
En cuanto a los temas operativos y organizativos:
- Evitar en lo posible la presencia en los coches debido a la cercanía y roces imposibles de evitar en tan reducido espacio de paso, siendo además un espacio cerrado.
- Que los vigilantes con síntomas o especialmente sensibles, sean visitados por la mutua y como consecuencia de ello, esta inste a tramitar los correspondientes partes a la Seguridad Social, para que tal y como ha regulado el gobierno, pasen el estado de alerta sanitaria o la cuarentena, con el correspondiente parte de baja cuya prestación corresponderá a la mutua como si de un accidente de trabajo o enfermedad profesional se tratara.
- Que los medios de intercomunicación de una vez por todas sirvan de forma eficiente para su cometido, es decir, para poderse comunicar con el centro de control, con el responsable operativo, entre los vigilantes que estén de servicio, además de los continuos fallos de emisión y recepción, pues en infinidad de ocasiones, no son efectivos, con las graves consecuencias que ello puede acarrear, teniendo que utilizar los propios teléfonos móviles, cuya función no es estar a disposición de la empresa, ni del trabajo, como ocurre en ocasiones para facilitar datos al responsable operativo.
En cuanto a medidas de protección frente al COVID-19
- Mascarillas homologadas FFP2 o en su defecto y de manera provisional, mascarillas homologadas y efectivas.
- Geles desinfectantes
- Guantes de vinilo de talla grande, o en su defecto de látex, acordes con las características de los trabajadores del servicio y de los puestos que realicen
En aras de la buena voluntad por parte de los representantes de USOCV, hemos preferido comunicar mediante este escrito la situación actual de la plantilla de los vigilantes de seguridad después que desde el anuncio del estado de alerta publicado por el gobierno el pasado día 14 de marzo, todavía estamos en esta grave situación de desamparo en la protección individual de la salud de los trabajadores que prestan servicio para RENFE OPERADORA, sin que de momento hayamos denunciado estos hechos ante las diferentes administraciones públicas.
Sin más y esperando atiendan con la máxima urgencia, estas cuestiones de alerta sanitaria, con conocimiento de ser muy contagiosa, que afectan o pueden afectar a los vigilantes de seguridad que prestan su servicio para RENFE OPERADORA, ruego encarecidamente planteen las modificaciones organizativas y operativas, así como las medidas de salud preventivas para no tener que lamentar algún caso de contagio por falta de alguna de estas medidas necesarias.
Atentamente
Secretario General FTSP-USOCV
en pais vasco tambien
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