El Tribunal Supremo de Madrid, ha anulado el convenio publicado en el BOCM (Boletín oficial de la comunidad de Madrid), el cual afectaba a los compañeros vigilantes de la empresa Grupo Control de Seguridad Madrid.
A principios del 2014 esta misma empresa de seguridad firmaba un convenio interno que hizo saltar las alarmas entre todos nosotros. Quizás algunos recuerden algo o incluso hayan sufrido este convenio nuevo de seguridad. Dicho convenio establecía en la empresa grupo control nuevas normas y figuras inexistentes con el nombre de “vigilante novel”. Un terrorífico invento para los vigilantes de seguridad (que ya sufrimos por no tener un sueldo digno y acorde a nuestra responsabilidad) y una gran idea para reducir costes para la empresa. La aprobación de dicho convenio se llevo acabo con la participaron de los sindicatos mayoritarios. Este convenio de seguridad establecía que durante un año completo.
los vigilantes sin experiencia tendrían la categoría de vigilante novel y durante 9 meses percibirían 700€ de salario base.
Además de sufrir otras reducciones en la nómina como sería el vestuario o el transporte.
Este peculiar convenio de seguridad privada a nivel interno ( es decir solo se aplicaba para empresa grupo control)tuvo sus inicios en la comunidad autónoma de Almeria y fue extendiéndose por el resto de comunidades. No en todas las comunidades llego aplicarse puesto que no todos los representantes sindicales lo aceptaron.
La empresa grupo control interpuso un recurso que ha sido desestimado por el propio tribunal supremo de justicia de la comunidad de Madrid.
Y es que el convenio de grupo control choca directamente con los artículos 18, 22, 41bis, 45 y 71, del Convenio Colectivo Estatal de Seguridad Privada.
Fuente: Vigilante Informa