FTSP-USOCV, denuncia a MED Seguridad por la formación y no presentar a los trabajadores los cuadrantes anuales

La Federación de Trabajadores de Seguridad Privada del sindicato USOCV (FTSP-USOCV), presenta denuncia ante la Inspección de Trabajo, por incumplimiento en materia laboral contra MED Seguridad.

Los vigilantes de seguridad de la empresa se encuentran con que la misma no les da los cursos de formación obligatoria, tal y como se recoge en el artículo 21 del convenio colectivo del sector de seguridad privada:

«Artículo 21. Formación.
a) La formación de carácter obligatorio, incluidos los ejercicios de tiro, se retribuirá en los términos que se recogen en este artículo.
b) Las partes firmantes se someten al subsistema de formación profesional continua regulado en los términos previstos en la legislación vigente así como el desarrollo que se efectúe de los planes de formación sectoriales para la formación de los trabajadores, comprometiéndose a realizar los actos necesarios para el fiel cumplimiento de ambos acuerdos…

Cuando se efectúe la actividad formativa obligatoria, en cualquiera de sus modalidades, fuera de la jornada laboral se abonarán al trabajador las horas empleadas en ella a precio de su hora extraordinaria…»

Artículo 21 del convenio colectivo nacional de empresas de seguridad privada para el periodo 2023-2026.

Así se recoge igualmente en el Reglamento de seguridad privada, en su artículo 57 «

Formación permanente:

  1. Al objeto de mantener al día el nivel de aptitud y conocimientos necesarios para el ejercicio de las funciones atribuidas al personal de seguridad privada, las empresas de seguridad, a través de los centros de formación autorizados, garantizarán la organización y asistencia de su personal de seguridad privada a cursos, adaptados a las distintas modalidades de personal, de actualización en las materias que hayan experimentado modificación o evolución sustancial, o en aquellas que resulte conveniente una mayor especialización.
  2. Para los vigilantes de seguridad, los cursos de actualización o especialización tendrán una duración, como mínimo, de veinte horas lectivas; cada vigilante deberá cursar al menos uno por año, y se desarrollarán en la forma que determine el Ministerio del Interior.

La empresa no entrega los cuadrantes anuales

La empresa tampoco ha entregado a los vigilantes de seguridad los cuadrantes anuales, tal y como se recoge en el artículo 52.2 «Servicios fijos y estables. Con el mismo fin de conciliar la vida laboral y familiar, se establecerá un sistema de cuadrantes anuales respecto de los servicios fijos y estables sobre la base de los criterios que más abajo se establecen, quedando por tanto al margen los servicios de naturaleza esporádica, aquéllos cuya concreción horaria sea de imposible determinación o aquellos otros cuya implantación y desaparición están ligados a la existencia de determinadas causas tales como incrementos de nivel de seguridad en atención a circunstancias específicas. Además de tener en cuenta lo anterior, se entenderá que un servicio es fijo o estable, cuando su duración prevista sea igual o superior a un año.…a) El cuadrante será entregado a los trabajadores afectados y a la representación legal de los trabajadores. Dicha entrega se hará efectiva un mes antes de que el mismo surta efecto.»

Da el paso con la FTSP-USOCV.

Síguenos en nuestro canal de WhatsApp