
La Federación de Trabajadores de Seguridad Privada (FTSP-USOCV), ha denunciado ante la Inspección de trabajo, a la empresa SECOEX, por no respetar los descansos establecidos en jornada partida en el convenio colectivo estatal de empresas de seguridad.
Según el convenio colectivo nacional de empresas de seguridad privada, en su artículo 52.1 establece que: «…Si la jornada de trabajo fuera partida, el trabajador tendrá derecho, al menos, a dos horas y media de descanso entre la jornada de la mañana y de la tarde, salvo pacto en contrario…»
Ante la negativa por parte de la empresa SECOEX, de no respetar el descanso establecido, la FTSP-USOCV, ha procedido a interponer denuncia ante la inspección de trabajo, para que les sea reconocido a los vigilantes de seguridad de la empresa SECOEX, su derecho de descanso en los turnos partidos, tal y como se reconoce en el convenio colectivo vigente.