Que en atención a lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dentro del plazo legalmente establecido.
Venimos a interponer RECURSO ESPECIAL en materia de Contratación Pública, contra los PLIEGOS DE CONDICIONES DEL CONTRATO DENOMINADO ¿SERVICIO DE DIRECCION Y GESTION DEL DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA (Expediente nº 34-18/215) cuyo contrato se rige por la Ley 9/2017 de 8 de Noviembre de Contratos del Sector Público.
Ya que nuestra organización sindical (FTSP-USO) entiende que el Director de Seguridad, no puede ser personal de otra o de la misma empresa de seguridad que presta servicio en ese Centro.
Por ello solicitamos que se anule o modifique el contenido de los pliegos de condiciones de la licitación referida en el EXPONE de la solicitud remitida por nuestra Federación de Trabajadores Seguridad Privada (FTSP-USO).
Fuente: Ftsp-Uso